Tras un accidente de tráfico, muchas personas creen que sin parte amistoso no hay nada que reclamar.
👉 Esta sentencia aclara que esa idea no es correcta y que la falta de parte no impide, por sí sola, obtener una indemnización.
EL CASO
Una persona sufrió un accidente sin que se llegara a firmar parte amistoso.
La aseguradora se negó a indemnizar alegando:
- inexistencia de parte
- falta de prueba del siniestro
- ausencia de reconocimiento de responsabilidad
El afectado acudió a los tribunales.
QUÉ ALEGABA LA ASEGURADORA
La aseguradora defendía que:
✔️ sin parte amistoso no podía acreditarse el accidente
✔️ no existía reconocimiento del contrario
✔️ no había base suficiente para indemnizar
QUÉ DICE EL JUZGADO
El juzgado establece que:
✔️ el parte amistoso no es un requisito obligatorio
✔️ el accidente puede probarse por otros medios
✔️ testigos, informes policiales o médicos son válidos
✔️ no puede negarse la indemnización solo por no existir parte
👉 La prueba del siniestro puede construirse de forma alternativa.
RESULTADO
Como consecuencia, el juzgado:
✔️ reconoce la existencia del accidente
✔️ admite la prueba aportada
✔️ condena a indemnizar al perjudicado
POR QUÉ ES IMPORTANTE ESTA SENTENCIA
Porque aclara que:
✔️ no todos los accidentes permiten firmar parte
✔️ la ausencia de documento no anula derechos
✔️ la prueba debe valorarse en conjunto
✔️ muchas reclamaciones se rechazan erróneamente
✔️ CONCLUSIÓN
La falta de parte amistoso no impide reclamar una indemnización si el accidente puede acreditarse por otros medios.
Cada caso debe analizarse de forma individual y con rigor.

