Uno de los argumentos más habituales de las aseguradoras para rechazar una reclamación es que el impacto fue de baja intensidad y, por tanto, no pudo causar lesiones indemnizables.
👉 Esta sentencia desmonta esa afirmación y recuerda que la intensidad del golpe no excluye automáticamente la existencia de lesiones.
EL CASO
Una persona sufrió un accidente de tráfico con daños materiales leves.
La aseguradora rechazó la indemnización alegando:
- escasa entidad del impacto
- inexistencia de daños relevantes en los vehículos
- falta de relación causal entre el accidente y las lesiones
El perjudicado acudió a los tribunales.
QUÉ ALEGABA LA ASEGURADORA
La compañía sostenía que:
✔️ un golpe leve no puede causar lesiones
✔️ los daños materiales eran mínimos
✔️ las lesiones no estaban justificadas
✔️ debía rechazarse la reclamación
QUÉ DICE EL JUZGADO
El juzgado establece que:
✔️ la intensidad del impacto no es determinante por sí sola
✔️ lo relevante es la prueba médica
✔️ la evolución clínica debe analizarse con detalle
✔️ cada organismo reacciona de forma distinta
👉 No puede descartarse una lesión únicamente por la apariencia del golpe.
RESULTADO
Como consecuencia, el juzgado:
✔️ reconoce la existencia de las lesiones
✔️ declara acreditada la relación con el accidente
✔️ condena a la aseguradora a indemnizar al perjudicado
POR QUÉ ES IMPORTANTE ESTA SENTENCIA
Porque aclara que:
✔️ los daños materiales no son el único criterio
✔️ la medicina tiene un papel central
✔️ muchas reclamaciones se rechazan injustamente
✔️ el análisis debe ser individualizado
✔️ CONCLUSIÓN
La baja intensidad del impacto no impide reclamar una indemnización si las lesiones están médicamente acreditadas.
Cada caso debe valorarse con rigor y sin automatismos.

