Una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid recuerda que las lesiones cervicales pueden existir aunque el accidente haya producido daños materiales leves en los vehículos.
Esta cuestión es especialmente relevante porque muchas aseguradoras rechazan indemnizaciones alegando que el golpe fue “demasiado leve” para provocar lesiones.
EL CASO
El asunto analizado por el tribunal partía de un accidente por alcance trasero en circulación urbana.
El vehículo del demandante sufrió daños materiales poco importantes.
Tras el accidente, el conductor acudió a urgencias y fue diagnosticado de esguince cervical, iniciando posteriormente tratamiento de rehabilitación.
La aseguradora del vehículo responsable rechazó la indemnización argumentando que:
- Los daños materiales eran mínimos.
- La intensidad del impacto era insuficiente para provocar lesiones.
¿QUÉ DICE LA AUDIENCIA PROVINCIAL?
El tribunal recuerda que la existencia de daños leves en los vehículos no excluye automáticamente la posibilidad de lesiones.
Para valorar la credibilidad de la lesión, el tribunal tuvo en cuenta varios factores:
- Existencia de asistencia médica inmediata tras el accidente.
- Diagnóstico médico compatible con el mecanismo del accidente.
- Seguimiento médico y tratamiento rehabilitador.
- Persistencia de síntomas durante el periodo de curación.
En base a estos elementos, la Audiencia concluye que sí existía relación causal entre el accidente y la lesión cervical, condenando a la aseguradora a pagar la indemnización correspondiente.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE ESTA SENTENCIA?
Porque desmonta uno de los argumentos más utilizados por las compañías de seguros: el llamado “impacto de baja intensidad”.
En la práctica, muchas aseguradoras rechazan reclamaciones basándose únicamente en la escasa entidad de los daños del vehículo.
Sin embargo, los tribunales recuerdan que:
- Cada accidente debe analizarse de forma individual.
- La prueba médica es determinante.
- La ausencia de daños importantes en el coche no impide que existan lesiones reales.
¿QUÉ SIGNIFICA ESTO PARA LAS VÍCTIMAS DE UN ACCIDENTE?
Si has sufrido un accidente y la aseguradora rechaza tu reclamación alegando que el golpe fue leve, no significa que no tengas derecho a indemnización.
Lo importante es contar con:
- Asistencia médica temprana.
- Documentación clínica.
- Seguimiento del tratamiento.
Con estos elementos, en muchos casos es posible reclamar judicialmente y obtener una indemnización.
✔️CONCLUSIÓN
Esta sentencia recuerda que las lesiones derivadas de un accidente de tráfico no pueden descartarse únicamente por la escasa entidad de los daños materiales. Lo realmente relevante es la existencia de una relación médica entre el accidente y las lesiones sufridas.
Cuando existe asistencia médica inmediata y un diagnóstico compatible, los tribunales suelen reconocer el derecho a indemnización aunque el impacto haya sido aparentemente leve.

