¿CUÁNDO ES VÁLIDA Y CUÁNDO NO?
Cada vez más administraciones utilizan la notificación electrónica para comunicar sanciones, requerimientos o procedimientos.
👉 Pero no todas las notificaciones electrónicas son válidas, y muchos ciudadanos desconocen cuándo pueden ser anuladas por defectos en la forma.
La correcta puesta a disposición en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH o DEHú) es esencial.
Aquí te explico cómo funciona realmente y cuándo una notificación electrónica puede recurrirse.
1. ¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A RECIBIR NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS?
Según la Ley 39/2015, están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración:
✔️ empresas
✔️ autónomos
✔️ profesionales colegiados
✔️ empleados públicos
✔️ personas jurídicas de toda clase
✔️ comunidades de bienes y sociedades civiles
👉 Los ciudadanos particulares NO están obligados, salvo que una normativa específica lo exija.
2. ¿QUÉ SE CONSIDERA UNA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA VÁLIDA?
Para que una notificación electrónica sea válida, debe cumplir:
✔️ puesta a disposición en la DEH/DEHú
✔️ identificación del órgano que notifica
✔️ acceso posible y disponible durante al menos 10 días
✔️ aviso complementario (email o SMS) cuando proceda
✔️ documento íntegro descargable
❌ Si falta alguno de estos elementos, la notificación puede ser inválida.
3. ERRORES FRECUENTES QUE PERMITEN ANULAR UNA NOTIFICACIÓN
Fallos comunes:
❌ ausencia del aviso complementario cuando es obligatorio
❌ errores en la identidad del destinatario
❌ notificación enviada a persona no obligada a recibirla
❌ documento corrupto o imposible de descargar
❌ notificación fuera de plazo
❌ puesta a disposición sin constancia de fecha y hora
👉 TODOS estos errores han permitido ganar recursos en vía administrativa y judicial.
4. ¿CUÁNDO SE CONSIDERA NOTIFICADA SI NO ACCEDES AL CONTENIDO?
Si no accedes al documento, la notificación se considera practicada a los 10 días naturales siguientes a su puesta a disposición.
Pero atención:
✔️ debe poder acreditarse esa puesta a disposición
✔️ deben cumplirse todos los requisitos formales
❌ si no hay prueba de ello, la notificación no es válida
En muchos expedientes, la Administración no acredita correctamente estos extremos.
5. NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS Y MULTAS: CASOS MUY HABITUALES
Errores típicos:
❌ notificación electrónica a particulares no obligados
❌ puesta a disposición sin aviso y sin acreditación
❌ notificaciones duplicadas o incoherentes
✔️ multas anuladas por errores en la DEH
✔️ expedientes archivados por falta de constancia
👉 Es uno de los defectos que más sanciones logra anular.
6. ¿QUÉ HACER SI CREES QUE TU NOTIFICACIÓN ES INCORRECTA?
Pasos recomendados:
✔️ descarga el justificante de puesta a disposición
✔️ revisa fecha, órgano, contenido y acceso
✔️ solicita el expediente completo
✔️ comprueba si estás obligado legalmente a notificación electrónica
✔️ presenta alegaciones si detectas defectos formales
⚠️ La notificación es un requisito esencial del procedimiento. Si falla la notificación, puede anularse toda la sanción.
✔️ CONCLUSIÓN
Las notificaciones electrónicas son válidas solo si cumplen estrictamente los requisitos legales.
Un fallo en la puesta a disposición, en la identidad del destinatario, en el aviso o en el propio documento puede convertir en nulo todo el procedimiento.
Antes de asumir una multa o sanción electrónica, conviene revisar bien el expediente.

